Las mentiras de la derecha sobre la negociación colectiva
C. Garrido | 09/junio/2011
Repaso a las acusaciones vertidas contra el Gobierno sobre la reforma, tras la ruptura de los agentes sociales
Tras la ruptura de la negociación colectiva que ha llevado al Ejecutivo socialista a legislar sobre la materia, la derecha ha llenado de titulares sus medios con muchas afirmaciones erróneas.
. El Ejecutivo excluye de la reforma la negociación salarial y la lucha contra el absentismo: el Gobierno ha establecido el diseño de cómo se van a negociar los convenios a partir de ahora. La negociación salarial tiene otros ámbitos en los que el Gobierno no tenía que entrar, porque hay otras mesas de negociación abiertas en las que se incluyen esos temas. Algo similar ocurre con el absentismo, que se introdujo en la negociación junto con la reforma de las mutuas a petición de la patronal. El objetivo era aprovechar el pacto (que se preveía se iba a alcanzar) para introducir estas nuevas variables. Al no haber habido acuerdo, el Gobierno entiende que debe negociar en otras instancias.
. La reforma hace un guiño a los sindicatos porque mantiene la ultraactividad: Ni sindicatos ni patronal se han mostrado de acuerdo con el borrador que será aprobado mañana por el Consejo de Ministros. Sobre la ultraactividad, lo que dice el borrador es que, cuando un convenio venza, mantendrá su vigencia hasta que no haya otro nuevo, pero que, si en 20 meses no hay acuerdo, será un árbitro el que decida el contenido del nuevo.
. Las empresas están atadas de pies y manos para reaccionar a los cambios del mercado. Las empresas pretendían suspender los convenios cuando lo consideraran conveniente, sin consulta, ni acuerdo, ni compensación. Pedían poder distribuir irregularmente hasta un 20% la jornada máxima semanal o mensual, así como los horarios y disponer de una bolsa de 40 horas al año como ellos consideraran más conveniente. La norma que se va a aprobar, según Valeriano Gómez, responde al objetivo de dar más flexibilidad a las empresas pero con seguridad para los trabajadores.
.El decreto incumple la promesa hecha a Bruselas por el presidente. José Luis Rodríguez Zapatero se comprometió en el consejo de primavera a trabajar en una reforma que ligara salarios a productividad, pero no a incluirlo en la modificación de los convenios, en cuya negociación sólo estaban sentados patronal y sindicatos.
Estos son los principales puntos que incluye el decreto que se aprobará mañana y que deberá ser ratificado en el plazo de un mes por el Congreso de los Diputados:
Vigencia de los convenios
Los convenios seguirán vigentes durante 20 meses después de cumplido su plazo (o por denuncia de una de las partes). Posteriormente se recurriría a un arbitraje. Actualmente, un convenio se mantiene indefinidamente tras su vencimiento mientras no haya otro que lo reemplace (ultraactividad)
Comisiones Paritarias
Formadas a partes iguales por representantes de la empresa y de los trabajadores, son las encargadas de intentar un acuerdo cuando surja un conflicto laboral. Se incrementa su poder, equiparando la eficacia jurídica de sus resoluciones a las del convenio mismo.
Arbitraje
Patronal y sindicatos habrán de incluir en cada convenio un compromiso previo de “someter las discrepancias a un arbitraje vinculante” en el caso de que se hayan superado los plazos marcados para la negociación, incluidas las negociaciones en las comisiones paritarias, sin llegar a un acuerdo.
Patronal y sindicatos habrán de incluir en cada convenio un compromiso previo de “someter las discrepancias a un arbitraje vinculante” en el caso de que se hayan superado los plazos marcados para la negociación, incluidas las negociaciones en las comisiones paritarias, sin llegar a un acuerdo.
Prioridad a los convenios de empresa
Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de ámbito sectorial o territorial en temas como salario base y complementos, horas extras, distribución jornada laboral, clasificación profesional de los trabajadores y modalidades de contratación.
Flexibilidad en la jornada laboral
Se podrá distribuir la jornada de los trabajadores de manera irregular con cambios de horarios o de jornada para facilitar la flexibilidad interna por un 5% de la jornada laboral de cada trabajador.
Descuelgue salarial
Los empresarios podrán modificar a la baja las condiciones salariales fijadas en los convenios de ámbito superior (sectoriales o territoriales) sólo cuando las perspectivas económicas de la empresa puedan afectar a las posibilidades de mantenimiento del empleo durante un period máximo de 3 años. Una vez desaparezcan las causas que provocaron el descuelgue, se deben recuperar las condiciones con una programa pre establecido.
Por favor,
pásalo. Se valiente
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