El derecho de ser informad@ y
no sólo de esto
El primer principio en el que se basa un
Comité de Empresa es el de la honestidad. Teniendo esto claro,
nos vamos a uno de los deberes fundamentales, el de informar a los trabajadores y, sobre todo, si éstos
son los perjudicados. No se puede decir a toda la plantilla que lo tratado en
una reunión con la empresa, en este caso Segur Ibérica, es secreto porque se
deben al sigilo sobre información y documentación de carácter reservado
facilitada por la empresa en base al Estatuto de los Trabajadores, artículo 65,
y después, se informa, se entrega copia de las actas sólo y en exclusiva a sus
amiguetes y colegas.
El derecho de todo trabajador es el de
estar informado en todo momento de lo que acontezca en su beneficio o perjuicio.
Las actas de la reuniones deben ser públicas si no hay compromisos ni pasteleos por medio, es por eso que se solicita al Comité de Empresa y a las Secciones Sindicales de Segur Ibérica Madrid que las publiquen o las hagan llegar a sus afiliados o a l@s trabajad@s que lo pidan, y no sólo a los amiguetes y colegas
Por favor,
pásalo. Se valiente
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