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viernes, febrero 10, 2012

La indemnización para los indefinidos baja a 33 días por año con un máximo de 24 meses

La indemnización para los indefinidos baja a 33 días por año con un máximo de 24 meses
20MINUTOS.ES / VÍDEO: ATLAS. 10.02.2012
El Gobierno de Mariano Rajoy ha aprobado finalmente este viernes
la reforma laboral con la que pretenden "frenar la sangría de destrucción de empleo que está sufriendo España". La vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, acompañada de ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha explicado las claves de la nueva normativa que acaba de ratificar el Consejo de Ministros y
que entra en vigor este sábado tras su publicación en el BOE.

Despido

  • La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (ahora son 42). Esta nueva indemnización no tendrá carácter retroactivo y se aplicará solo a los nuevos contratos. Esta decisión del Gobierno ha sido el punto más polémico. "Con esta reforma se justifica una pérdida de derechos de los trabajadores y se amplía la libertad de los empresarios para tomar decisiones", critica Enrique Goizueta, abogado laboralista. "Reducir la indemnización a 33 días no va a favorecer el empleo teniendo en cuenta que cuando todavía era de 45 días se ha despedido a mucha gente", explica. Los contratos fijos que actualmente tengan derecho a 45 días por año mantendrán esa cuantía hasta la entrada en vigor de la nueva norma, y a partir de ese día la indemnización pasará a ser de 33 días. El límite para ambos periodos será de 42 mensualidades.
  • El despido objetivo -que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción con una indemnización de 20 días por año trabajado- podrá aplicarse cuando existan pérdidas actuales o previsión de tenerlas y cuando la compañía tenga una disminución de ingresos durante tres trimestres consecutivos. La ministra de Trabajo ha asegurado que "por supuesto habrá un control judicial" en estos casos, aunque no ha dado más detalles.
  • El absentismo laboral individual del trabajador deja de estar vinculado al que haya establecido para el conjunto de la plantilla, con el fin de justificar más fácilmente el despido.
  • Los organismos y entidades del sector público que no sean viables ni se prevea que lo puedan ser en los próximos años podrán acogerse a causas objetivas de despido para redimensionar plantillas.
  • Las empresas que despidan a más de 100 trabajadores deberán articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo mínimo de seis meses.

Contratos

  • Se crea un nuevo contrato indefinido con un año de prueba que podrán utilizar las pymes con menos de 50 trabajadores. Gozará de una deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer empleado menor de 30 años.
  • A partir del 31 de diciembre no se podrán encadenar contratos temporales que superen los 24 meses.
  • La edad máxima para acceder al contrato de formación y aprendizaje será de 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15%.
  • Se fomenta la contratación indefinida de los jóvenes menores de 30 años con hasta 3.600 euros, mientras que para los parados de larga duración la cifra será de hasta 4.500 euros.

Formación

Los trabajadores de más de un de un año de antigüedad tendrán derecho a 20 horas anuales de formación retribuidas siempre que el contenido de esos cursos esté vinculado al puesto de trabajo. Además, se creará un registro donde se recogerá la formación que ha recibido el trabajador a lo largo de su vida.

Convenios

  • La prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años, lo que pone fin a la "ultraactividad".
  • Se facilitará el descuelgue, es decir, que los empresarios que atravieses dificultades económicas, y las justifiquen, podrán desvincularse del convenio que regule su sector y decidir las nuevas condiciones de trabajo. De no alcanzar un acuerdo con los representantes de los trabajadores, cualquiera de las partes podrá acudir a la Comisión Consultiva de convenios Colectivos o sus equivalente autonómicos, que nombrará un árbitro y resolverá en 25 días como máximo.
  • Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de ámbito superior.

Indemnizaciones a directivos de bancos

Los directivos de entidades financieras que hayan sido apartados de su cargo mediante un expediente disciplinario no tendrán derecho a percibir indemnización. Además, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea se limitan las indemnizaciones por cese de actividad de estos directivos. Estas indemnizaciones no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija o dos veces las bases máximas resultantes de los límites fijados por el Gobierno hace una semana.

Otros

  • Se estrecha la colaboración con las mutuas de trabajo para evaluar la incapacidad temporal de los trabajadores.
  • Se propone un plan especial de la Inspección de Trabajo para combatir el fraude y la economía sumergida. Los empleados que cobren la prestación por paro podrán realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad, mediante convenios de colaboración con las administraciones públicas.
  • Recientemente, Báñez señaló que los servicios públicos de empleo (el antiguo Inem) solo consiguen colocar al 3% de los parados, unos resultados que dijo que "no son buenos", teniendo en cuenta que España cuenta con más de cinco millones de desempleados. Para facilitar la búsqueda de trabajo, el Gobierno permitirá que las Empresas de Trabajo Temporal se unan al sector público, estableciendo una colaboración público-privada para ayudar a recolocar a los parados.

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