Interior regula el sistema de estadísticas sobre criminalidad, que hasta
ahora no estaba sujeto a ninguna norma
10 marzo, 2013 Madrid,
10 (Europa Press)
El secretario de Estado de Seguridad,
Francisco Martínez, ha aprobado una Instrucción por la que el Ministerio del
Interior regulará la elaboración del Sistema Estadístico de Criminalidad, que
hasta ahora no estaba sujeto a ninguna norma concreta.
“Transcurrido un tiempo prudencial, se
impone la necesidad de establecer los conceptos que vienen recogidos en la
legislación vigente, articular el contenido de las diferentes disposiciones y
regular de forma efectiva el Sistema Estadístico de Criminalidad”, argumenta
esta Instrucción de diez folios fechada el pasado 31 de enero a la que ha
tenido acceso Europa Press.
El Real Decreto 456/2012 de 5 de marzo por
el que se aprueba el Programa anual 2012 del Plan Estadístico Nacional
2009-2012, fija las estadísticas que son de obligada cumplimentación, entre las
que se encuentran las de seguridad: de delitos y faltas y las de detenciones.
El Plan Estadístico de Seguridad estuvo
vigente hasta 2007 y a partir de enero de 2008 entró en funcionamiento el
Sistema Estadístico de Criminalidad que venía a sustituir al anterior. Según
admite la actual administración en ese momento se introdujeron “una serie de
mejoras de orden metodológico y técnico que facilitaban un salto de calidad de
las estadísticas de criminalidad que confeccionaba el Ministerio”.
Acuerdos verbales y reglas consensuadas
Sin embargo “la implantación del citado
sistema Estadístico de Criminalidad no estuvo apoyada por normativa alguna. Por
lo tanto, la actuación de los diferentes actores del sistema (secretaría de
Estado, fuerzas y cuerpos de seguridad) se coordinó mediante los acuerdos
verbales y reglas consensuadas alcanzadas en las reuniones del Grupo de Trabajo
establecido al efecto, que no dejaban de ser un procedimiento fáctico para
organizar el sistema y coordinar la introducción de datos en el mismo”.
El principal objetivo es la adecuación de
los mecanismos destinados a la prevención y lucha contra la delincuencia de una
triple vertiente: “Permitir al Gobierno desarrollar las políticas más
adecuadas”, “facilitar a las Fuerzas de Seguridad una valoración objetiva
respecto a cómo se desempeña su labor” y “acercar a los ciudadanos la labor
desempañada por el conjunto de los actores involucrados en la protección de sus
derechos y libertades”.
Instituciones participantes
En cuanto a las “Instituciones
Participantes” serán la Secretaría de Estado que “coordinará directamente los
servicios de estadística”, Direcciones Generales de Policía y Guardia Civil,
que “facilitarán los datos”. Las Policías locales que se determinen, que
“aportarán de datos al sistema”. “La transmisión de datos se llevará a caso
mensualmente”, añade el documento.
Interior establece tres categorías para la
difusión de estos datos. La primera de ellas es sobre las “estadísticas de
obligado cumplimiento”, de ámbito nacional y de todos los cuerpos policiales
que “tendrán carácter público”. La segunda afecta al resto de publicaciones que
puede ser de ámbito nacional o sectorial que pueden ser públicas o de difusión
interna. La tercera se refiere a la “cesión de datos estadísticos a organismos
públicos o privados, así como a particulares, para la realización de estudios o
trabajos de investigación”.
Fuente: expansion.com
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