Multa de 6480 euros al coronel
Martínez Inglés por llamar al Rey “borracho, putero, maleante y cabrón”
La Audiencia Nacional ha condenado a una multa de
6.480 euros al coronel Amadeo Martínez Inglés por un delito de injurias graves
contra la Corona, cometidas en un artículo en el que criticaba al Monarca, dice
el tribunal, con una “desmesura” innecesaria que incluía epítetos despectivos.
El coronel está separado del servicio desde 1990 y fue
juzgado en ausencia el pasado 12 de marzo después de que, vestido con un
uniforme militar, abandonara la vista alegando que es inocente, dado que le
ampara la libertad de expresión. El juzgado de lo penal de la Audiencia
considera en la sentencia que en el artículo publicado por el coronel en el
diario digital Canarias Semanal “se vierten expresiones” injuriosas que son
innecesarias “para la finalidad perseguida de crítica”.
Martínez Inglés, conocido republicano, se dirigió al
Monarca en un artículo titulado ¿Por qué te callas ahora? publicado en el
diario digital Canarias-Semanal como “el último representante en España de la
banda de borrachos, puteros, idiotas, descerebrados, cabrones, ninfómanas,
vagos y maleantes”. También calificó al Rey de “corrupto máximo” y “genocida”.
La sentencia señala que el autor dirige al Rey
descalificaciones personales, y que aunque su defensa alegó que se refería a la
dinastía borbónica en general, “es evidente que la intención del autor del
artículo era referirse al actual monarca”. “Pese al rodeo lingüístico empleado
es clarísimo, hasta para el lector menos avisado, que se está refiriendo a don
Juan Carlos I”, señala la sentencia.
Libertad de expresión
La defensa de Martínez Inglés se amparaba en la
libertad de expresión y el tribunal entiende que para manifestar el rechazo a
la monarquía no es necesario “vilipendiar al Rey hasta la desmesura”. Además de
las descalificaciones, la sentencia señala que el artículo incluía “opiniones”
del acusado “sobre cuestiones de máxima actualidad como el encausamiento de Iñaki
Urdangarín, instando al Rey a tomar partido sobre el mismo”.
También se “explaya”, dice la Audiencia Nacional,
sobre acontecimientos pretéritos, “desde la muerte del hermano del Rey, en
1956, que le achaca”, a otros extremos, como supuestos gastos excesivos o
denominarle “autogolpista”. Todo ello, dice la sentencia, se hace con términos
que “son desmesurados respecto del legítimo objeto de la crítica perseguida”.
“El Rey, como cualquier otro cargo público, tiene los
mismos derechos que cualquier otro ciudadano español, es decir, que se respete
su derecho al honor, que afecta al núcleo último de la dignidad de toda
persona”, añade. En consecuencia, el tribunal condena al exmilitar por injurias
graves a la Corona, a la pena de doce meses de multa con cuota de 18 euros
diarios, es decir, a un total de 6.480, además del pago de las costas.
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