Una empresa ignora dos
sentencias que dan la razón a una empleada
Dos
juzgados distintos reconocen a una vigilante su negativa a hacer turno de noche
y a cambiar de destino. Los fallos, pese a ser firmes, no se cumplen
P.M. Un fallo que concluye "esta
sentencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno" representa el
final de un proceso judicial que debe acatarse. La empresa Segur Ibérica S.A.
parece no tenerlo demasiado claro ya que en los últimos seis meses ha sido
condenada en dos ocasiones -con sentencias firmes- a devolver a una trabajadora
a su puesto original y con las mismas condiciones pero no aplica las
resoluciones judiciales.
La empleada, vigilante de seguridad de
Segur Ibérica en Granada, demandó a su empresa después de que se le cambiara el
destino y el horario de los turnos de forma improcedente, según han estimados
dos juzgados distintos. Los fallos son firmes y fueron dictados el 23 de
septiembre de 2008 y el 10 de marzo pasados.
A pesar de todo el tiempo transcurrido
(seis meses en el primer caso y casi uno en el segundo), la trabajadora
sostiene que la empresa sigue imponiéndole las condiciones que los magistrados
han rechazado en ambos procedimientos. Isabel Jiménez se ha visto obligada a
recurrir de nuevo a los tribunales para solicitar que se ejecuten las
sentencias, tal y como reconoció ayer a este periódico.
La versión oficial de Segur Ibérica, con la
que contactó este periódico, se limitó a señalar que la empresa "cumplirá,
como siempre ha hecho, con lo establecido en las sentencias".
Isabel Jiménez se incorporó hace cinco años
como vigilante de seguridad a Segur Ibérica. Sus jefes le encomendaron el
control de acceso de la fábrica de Santa Bárbara en El Fargue, que tiene
contratada a Segur Ibérica para la vigilancia del recinto. Según ha explicado
la trabajadora, aceptó el trabajo con la condición de no hacer turnos de noche.
Así ocurrió durante los cuatro primeros años, hasta que el pasado 1 de julio la
incluyeron en los cuadrantes que le obligaban a realizar cinco noches en
horario de 18.00 a las 6.00 de la madrugada.
Isabel protestó por esta modificación de
las condiciones de trabajo y al ver que no le hacían caso optó por acudir a los
tribunales. La decisión de judicializar su relación laboral con Segur Ibérica
sentó mal a sus jefes y al final acabó trasladada al Palacio de Congresos de
Granada, un cambio de destino que también recurrió en el juzgado. La magistrada
del Juzgado de lo Social número 5 de Granada consideró
"injustificada" la modificación de las condiciones de trabajo que
imponían a la vigilante la realización del turno de noche y obligó a Segur
Ibérica a "reponerla a las condiciones anteriores". Sobre el cambio de
centro de trabajo también se pronunció el pasado 10 de marzo el titular del
Juzgado de lo Social 1 de Granada, quien declaró "injustificado" el
traslado desde Santa Bárbara al Palacio de Congresos. El juez condenó a Segur
Ibérica a "reponer" a la denunciante "en sus condiciones de
trabajo". Las dos sentencias judiciales son firmes y establecen en su
conjunto que Isabel Jiménez debe volver a prestar sus servicios de vigilante de
seguridad en Santa Bárbara y sin realizar turnos de noche.
Ni caso. La empresa sigue sin acatar las
sentencias. Isabel trabajó ayer mismo en el Palacio de Congresos. Allí recibió
la visita de un inspector de trabajo "que se quedó asombrado por el hecho
de que siguiera en este puesto", explicó. El funcionario levantó acta
"para sancionar" a Segur Ibérica "por incumplimiento de
sentencia", precisó Isabel. La propuesta de multa asciende a 6.250 euros,
tal y como puedo comprobar la trabajadora al firmar el acta.
Segur Ibérica podía haber cumplido ambas
resoluciones judiciales al ser firmes pero hasta el momento ha optado por
mantener las cosas como están. La trabajadora asegura que ha recibido
"amenazas" del tipo "ten cuidado con lo que haces porque no vas
a ejercer más de vigilante". La empresa no pudo pronunciarse ayer sobre
este extremo al encontrarse "de viaje" su responsable regional,
Nicolás Bosch.
Isabel Jiménez demandó en primer lugar su
derecho a no trabajar por las noches en Santa Bárbara. La magistrada le dio la
razón al entender que entró con unas condiciones que después se vieron
alteradas "haciendo más gravosa su prestación de trabajo por la incidencia
del cambio en su vida personal y familiar" y que esa modificación del
horario se hizo sin preaviso y sin comunicarlo a los sindicatos. Sobre el
traslado al Palacio de Congresos, Segur Ibérica se escudó en que fue una
petición del cliente, argumento descartado por el juez, que reconoce que hubo
"quejas acerca del cumplimiento del servicio" pero no solicitud de
cambio. La empresa aseguró también que Isabel no estaba en condiciones de
trabajar por su inestabilidad emocional, criterio descartado por los médicos y
que sirvió al juez para darle la razón.
Por favor,
pásalo. Se valiente
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